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Actualicen PMI, tomen en cuenta nuevo anexo 5 del 2024.


La actualización del Anexo 5 “LINEAMIENTOS PARA LAS MODIFICACIONES DE LA CARTERA DE INVERSIONES DEL PMI” busca definir claramente los tipos de inversiones no previstas y sus requisitos, y establece un marco que permite adaptaciones necesarias, pero no es una "puerta abierta" a todo, pues al mismo tiempo enfatiza que todas las inversiones contribuyan de manera efectiva a cerrar brechas prioritarias y mejorar la calidad de los servicios para los ciudadanos. Estas modificaciones son un reto para los tres niveles de gobierno, sus OPMI y el Órgano Resolutivo de cada entidad.

Por: Límberg Chero EXP GFP


Modificatoria 2024:

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha anunciado recientes modificaciones mediante la Resolución Directoral Nº 0001-2024-EF/63.01 al Anexo 5, titulado "Lineamientos para las Modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI," según lo establecido en la Directiva N° 001-2019-EF/63.01. Este componente es clave en la Programación Multianual de Inversiones (PMI) a nivel nacional y ha experimentado ajustes para definir con mayor claridad los criterios y procedimientos relacionados con la incorporación de inversiones no previstas. Estas modificaciones, aprobadas el 19 de enero de 2024, tienen como objetivo asegurar la continuidad de los proyectos inicialmente programados y facilitar la inclusión de nuevas inversiones, siempre que contribuyan a cerrar brechas prioritarias y garanticen la oportuna prestación de servicios al ciudadano.

La actualización del Anexo 5 tiene como principal objetivo establecer tipos específicos de inversiones no previstas y los requisitos para su registro. Esto buscaría una mayor eficiencia en la ejecución de proyectos, permitiendo adaptaciones necesarias y garantizando que las inversiones no solo sigan un orden de prelación lógico, sino que también contribuyan de manera efectiva al cierre de brechas prioritarias. Estas modificaciones, se publicaron en la Resolución Directoral Nº 0001-2024-EF/63.0.1.


CINCO TIPOS DE INVERSIONES NO PREVISTAS:

Las inversiones no previstas se dividen en cinco tipos, cada uno con características y requisitos específicos:

  1. Continuidad: Proyectos en ejecución que no estaban originalmente programados en la cartera de inversiones actual, pero que sí estaban planificados en años anteriores.
  2. Ampliación: Inversiones programadas en la cartera actual que requieren extender su programación debido a modificaciones en el plazo de ejecución.
  3. Adelantada: Proyectos programados para años futuros que necesitan ser adelantados al año en curso para su ejecución.
  4. Migración: Inversiones registradas en la cartera de una entidad que necesitan trasladarse a la cartera de otra entidad, ya sea por participación en la ejecución, financiamiento parcial o total, o acuerdos específicos.
  5. Nueva: Inversiones no programadas que se incorporan para iniciar su ejecución, siguiendo el orden de prelación establecido en la cartera de inversiones. Estas clasificaciones brindan claridad y permiten adaptarse eficientemente a las necesidades cambiantes de los proyectos.


Procedimiento para el Registro:

Las inversiones no previstas se registran en el Módulo de Programación Multianual de Inversiones (MPMI) por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), o el órgano competente en el caso de empresas públicas. Se requiere un informe técnico que sustente el registro, destacando la importancia y contribución de la inversión a los objetivos estratégicos institucionales.


Requisitos para el Registro:

Cada tipo de inversión no prevista tiene requisitos específicos. Por ejemplo, para proyectos de continuidad se debe proporcionar información detallada sobre el avance de la inversión y por qué no se programó en el año actual. En el caso de nuevas inversiones, se debe justificar la urgencia de su incorporación y su contribución a servicios prioritarios. Pueden ver todo el detalle aquí: https://blog.ethos.org.pe/2024/01/requisitos-para-el-registro-de.html 


Enfatizando en la Contribución a Metas Estratégicas:

Un aspecto crucial de estas modificaciones es la insistencia en que las inversiones no previstas deben contribuir a las metas del cierre de brechas prioritarias y a la oportuna prestación de servicios al ciudadano. Este enfoque estratégico asegura que las inversiones adicionales se alineen con los objetivos nacionales y regionales.

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