La Declaratoria Estado de Emergencia (DEE) debe estar de acuerdo con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; además de:
- La Ley N° 29158–Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
- La Ley N° 29664–Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD);
- El Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y,
- La “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD)”, aprobada por el Decreto Supremo N° 074-2014-PCM
Para llevarlo adelante se debe seguir el procedimiento dado por el DS Nº 058-2001-PCM, según el Artículo 8º del Reglamento de la Ley del SINADECI y su modificatoria el DS Nº 069-2005-PCM, en la que se establecen las condiciones de orden técnico y legal que debe seguir la Autoridad Local a cargo del Comité DC (Defensa Civil) de la zona crítica o jurisdicción afectada. Aquí la secuencia de pasos:
Fuente: INDECI
Los actores:
- Autoridad del Comité de DC del Gobierno Local (Provincial o Distrital): Canaliza su petición a través del Comité Regional de DC.
- Comité Regional de DC: A través de la Autoridad respectiva, evalúa la viabilidad de la solicitud y, de ser justificada, la eleva al INDECI.
- Informe EVAR ó EDAN: Solicitud que debe adjuntar los requerimientos emitidos por la DDRR - DC y entidades o sectores comprometidos. Incluye detalles específicos de los requerimientos para la rehabilitación.
- INDECI: Con opinión de los sectores comprometidos, de ser procedente la solicitud, remite a la PCM el proyecto de DS donde se establece: plazo de la DEE, ámbito geográfico y entidades del sector que deben ser exoneradas de los procesos de selección. Adjunta Informes Técnicos sobre las acciones para afrontar la emergencia.
- Titular de Ministerios y OOPPDD: Pueden solicitar la DEE y canalizarla a través del INDECI.
- PCM: Excepcionalmente por circunstancias o desastres de gran magnitud, presentará de oficio la solicitud de DEE al Consejo de Ministros.
Si la DEE es de grado 4 o 5, el MEF ha preparado una guía disponible aquí.
Ojo. No debe confundirse con la DECLARATORIA DE “SITUACION DE EMERGENCIA” (DSE)
La DSE se usa como herramienta administrativa, incluida en el reglamento de adquisiciones, y se usa para hacer compras directas, sin los pasos previstos en los procesos de selección establecidos y permiten adquirir rápidamente bienes y/o servicios que permitan afrontar la emergencia.
La Declaratoria de “Situación de Emergencia”, está contemplada en el Texto Único Ordenado de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Para ambos casos, es decir, para el Trámite para la Declaratoria de Estado de Emergencia y/o la Situación de Emergencia, debe existir como condición indispensable una situación de peligro inminente u ocurrencia de una situación catastrófica, que ponga en riesgo o afecte la vida humana y/o la defensa nacional.
Si tu Municipalidad ya fue declarada en emergencia, puedes revisar este material complementario (click aqui)
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